El laudo arbitral respalda la solidez de los contratos de concesión y refuerza la institucionalidad en la infraestructura vial nacional
Una controversia jurídica entre la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y la concesionaria Coviandina ha sido resuelta a favor del Estado. El Tribunal de Arbitramento, convocado ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, se declaró incompetente para resolver la mayoría de las pretensiones de Coviandina, al considerar que el contrato suscrito entre las partes establecía que este tipo de disputas debía tramitarse mediante el mecanismo de amigables componedores.
El litigio se centraba en la responsabilidad por hechos no imputables al concesionario y la obtención de pólizas de seguro que cubrieran ciertos riesgos. Coviandina solicitaba la nulidad de una cláusula que trasladaba estos riesgos a la empresa privada, pero el Tribunal validó la posición institucional de la ANI, negándose a entrar en el fondo del asunto.
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El contrato como eje y blindaje jurídico
Según explicó el vicepresidente jurídico de la ANI, Ariel Lozano, la decisión de la comisión arbitral reafirma que las controversias sobre la asunción de daños no cubiertos por pólizas deben tramitarse bajo el procedimiento especial de Evento Eximente de Responsabilidad, tal como lo establece el contrato de concesión. En palabras del funcionario, el fallo representa “un éxito institucional para el Ministerio de Transporte” y consolida el marco jurídico en el que se desenvuelven los proyectos de infraestructura del país.
El laudo arbitral se abstuvo de fallar sobre el fondo de las pretensiones de Coviandina y su reconvención, al reconocer la falta de competencia del tribunal para abordar temas previamente regulados por mecanismos contractuales específicos.
Un espaldarazo a la seguridad jurídica y la confianza inversionista
Este resultado representa no solo una victoria jurídica para la ANI, sino también un mensaje contundente para futuras controversias contractuales: los pactos deben respetarse. El respaldo del Tribunal al uso de amigables componedores —una figura poco mediática pero fundamental en el marco de la resolución alternativa de conflictos— refuerza la autonomía de la voluntad de las partes como piedra angular de los contratos de concesión en Colombia.
El contrato como herramienta de gobernanza pública
Este caso va más allá de un simple litigio entre una agencia estatal y una concesionaria. El laudo arbitral revela una tensión común en los megaproyectos de infraestructura: el equilibrio entre la protección del interés público y la garantía de condiciones justas para el sector privado. La insistencia de Coviandina en modificar una cláusula firmada refleja una tendencia que, de normalizarse, podría erosionar la estabilidad jurídica de los contratos públicos.
Lo que está en juego es el respeto a las reglas del juego. Si las partes acuerdan que ciertas controversias deben resolverse por mecanismos específicos, saltarse esos procedimientos debilita la confianza en el sistema legal. Por eso este fallo trasciende lo técnico: reafirma que el contrato, en tanto expresión de voluntad libre y pactada, es también una herramienta de gobernanza pública.
En el contexto del «Gobierno del Cambio», donde se busca una transformación del modelo de desarrollo con base en la equidad y la legalidad, este laudo se convierte en un referente de seguridad jurídica. Envía una señal clara tanto a inversionistas como a entidades públicas: los contratos se respetan, y las reglas están para cumplirse. Solo así es posible construir infraestructura sólida, legítima y sostenible.
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