Crisis institucional, cuestionamientos jurídicos y pérdida de legitimidad marcan la continuidad de Leytón Daniel Barrios Torres en la rectoría de la Universidad del Atlántico
La Universidad del Atlántico atraviesa uno de los momentos más delicados de su historia reciente. Lo que comenzó como una elección rectoral controvertida se ha convertido en una crisis institucional de grandes proporciones, con investigaciones penales, administrativas y disciplinarias en curso contra Leytón Daniel Barrios Torres, elegido rector en octubre de 2025.
La Resolución 023896 del 11 de diciembre de 2025 del Ministerio de Educación Nacional (MEN), sumada a denuncias públicas y judiciales, ha puesto en evidencia un escenario que ya no admite ambigüedades: la continuidad de Barrios en el cargo es insostenible desde el punto de vista ético, jurídico y académico.
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Certificados cuestionados y un origen viciado de la elección
El principal eje de la controversia gira alrededor de la presunta falsedad ideológica en documentos utilizados para acreditar la experiencia exigida por el Estatuto General de la universidad. Según denuncias formales, la Corporación Universitaria Empresarial Salamanca y la Universidad Americana desmintieron vínculos laborales reales con Barrios, señalando que no existieron contratos, remuneración ni carga académica verificable.
De confirmarse estos hechos, no se trataría de un simple error administrativo, sino de un vicio de origen en la elección, lo que compromete directamente la legalidad del proceso que lo llevó a la rectoría. Un rector cuya legitimidad se encuentra bajo investigación penal carece de la autoridad moral necesaria para dirigir una institución pública de educación superior.
El impacto penal: un rector investigado no puede gobernar
Las denuncias ante la Fiscalía General de la Nación por falsedad ideológica en documento privado y posible fraude procesal no son asuntos menores. Estos delitos, de comprobarse, conllevan penas de prisión, multas e inhabilidades para ejercer cargos públicos.
Más allá de una eventual condena futura, el solo hecho de que el rector esté formalmente investigado genera un grave daño reputacional a la universidad, afecta su credibilidad ante organismos nacionales e internacionales y compromete la confianza de estudiantes, docentes y aliados académicos.
Una universidad no puede ser liderada por alguien que debe destinar buena parte de su tiempo y energía a defenderse en estrados judiciales. Aquí sustentamos como está la situación jurídica desde lo penal:
| Delito | Fundamento Legal | Posibles Sanciones | Estado Actual |
| Falsedad ideológica en documento privado (presentar certificados falsos para elección pública) | Art. 289 Código Penal (CP): Insertar declaraciones falsas en documento privado para perjudicar a otro o obtener beneficio. Pena: 16 a 72 meses de prisión (1.3 a 6 años aprox.) + multa (hasta 200 SMLMV). | Prisión, inhabilitación para cargos públicos (hasta 10 años) y decomiso de documentos. Si se prueba dolo en elección, agrava a fraude procesal (Art. 453 CP: 48-108 meses prisión). | Denuncia formal ante Fiscalía (noviembre 2025). Investigación abierta; Barrios es investigado, pero niega los hechos vía su defensa (abogado Iván Cancino). |
| Fraude procesal (posible manipulación en el proceso electoral) | Art. 453 CP: Inducir a error a autoridad para dictar acto contrario a ley. Pena: 48-108 meses prisión + multa. | Similar a anterior, más posible extradición si hay nexos internacionales (UniSalamanca es española). | Mencionado en reportes como accesorio a la falsedad; UniAtlántico contradenunció al Comité Electoral por «usurpación», pero no exonera a Barrios. |
El fracaso administrativo y la ruptura de la gobernabilidad
El Ministerio de Educación ya adoptó medidas excepcionales al ordenar el reemplazo temporal de Barrios por obstaculizar la vigilancia especial, incumplir órdenes ministeriales y no garantizar condiciones mínimas de seguridad, diálogo y normalidad académica.
Esta decisión, amparada en la Ley 1740 de 2014, constituye un mensaje claro del Estado: la rectoría perdió el control de la institución. Protestas, tensiones internas, denuncias de hostigamiento y ausencia de planes verificables reflejan un liderazgo que no logró cohesionar ni pacificar a la comunidad universitaria.
Un rector que no gobierna, que no escucha y que no logra garantizar estabilidad institucional ya no cumple su función esencial. Ante ello, los argumentos jurídicos y consecuencias que Barrios deberá enfrentar por el proceso ilegal de su elección son:
| Sanción | Fundamento Legal | Posibles Consecuencias | Estado Actual |
|---|---|---|---|
| Reemplazo temporal como rector | Art. 13 Ley 1740/2014: Por obstaculizar vigilancia especial (e.g., no implementar protocolos de seguridad ni mesas de diálogo). Duración: 1 año prorrogable. | Pérdida inmediata de cargo y representación legal. Nuevo rector designado por MEN (pendiente anuncio). No remunera, pero no inhabilita per se. | Ejecutada desde 11 dic. 2025. Barrios puede recurrir (recurso de reposición, efecto devolutivo: no suspende ejecución). |
| Multas y suspensiones | Art. 18 Ley 1740/2014: Por incumplir órdenes (e.g., no fijar condiciones de calidad, Art. 10). Multas sucesivas hasta 2.502 UVT (~$118 millones COP en 2025). | Multa económica + suspensión de ejercicio profesional (hasta 5 años) + inhabilitación para cargos en IES (hasta 10 años). | Investigación abierta por MEN (Subdirección de Inspección). Posible imposición en 2026 si no corrige. |
| Investigación disciplinaria | Ley 734/2002 (Código Disciplinario Único): Como servidor público, por prevaricato (Art. 48: actuar contra ley) o abuso de autoridad. | Suspensión, destitución e inhabilidad (5-20 años). | Iniciada por MEN y Procuraduría (noviembre 2025). Comité Electoral también investigado por «usurpación». |
La dimensión disciplinaria y el riesgo de destitución
Paralelo a las investigaciones penales y administrativas, avanzan procesos disciplinarios que podrían derivar en destitución e inhabilidades de hasta 20 años. En este contexto, la permanencia de Barrios prolonga la crisis y expone a la universidad a decisiones abruptas, traumáticas y externas.
La renuncia voluntaria, en cambio, permitiría abrir un camino menos doloroso hacia la recomposición institucional.
A esto le sumamos, la parálisis académica, la suspensión de clases y la afectación del ambiente universitario no son abstractas: generan daños económicos, académicos y sociales. Estudiantes y docentes podrían acudir a acciones civiles por perjuicios, y una eventual nulidad de la elección obligaría a devolver salarios y repetir el proceso electoral.
Cada día adicional en esta incertidumbre profundiza el daño a una universidad que debería estar enfocada en docencia, investigación y extensión, no en escándalos judiciales.
Renunciar no es aceptar culpabilidad, es asumir responsabilidad
La renuncia de Leytón Barrios no debe leerse únicamente en clave jurídica, sino ética y política. Gobernar una universidad pública exige algo más que aferrarse al cargo: exige proteger la institución incluso por encima de los intereses personales.
Hoy, la Universidad del Atlántico necesita recuperar su estabilidad, su credibilidad y su rumbo académico. Eso solo será posible si se despeja el principal factor de conflicto.
Mientras avanzan las investigaciones, la continuidad de Barrios en la rectoría es incompatible con la defensa del interés público universitario. Su renuncia permitiría:
| Descomprimir la tensión social y académica. |
| Facilitar la acción transparente de los organismos de control. |
| Garantizar un proceso rectoral sin sombras. |
| Proteger el buen nombre de la Universidad del Atlántico. |
En este punto, no se trata de una persecución personal, sino de una verdad institucional incuestionable: la universidad no puede seguir pagando el costo de una rectoría bajo sospecha.
Renunciar no sería un gesto de debilidad, sino el único acto responsable que le queda para no arrastrar consigo a toda una comunidad académica.
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