Sandra Chindoy, Carolina Corcho y dirigentes del progresismo advierten que la revocatoria de listas vulnera derechos políticos y desconoce la Constitución
Una acción de tutela interpuesta por la candidata al Senado Sandra Chindoy, la exministra Carolina Corcho y otros militantes del Pacto Histórico encendió las alarmas sobre el futuro de las elecciones del 8 de marzo. Los demandantes sostienen que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no solo está afectando sus derechos fundamentales, sino el de casi tres millones de ciudadanos que respaldan a esta fuerza política.
La controversia se desató luego de que el CNE revocara la inscripción de la lista del Pacto Histórico a la Cámara por el Valle del Cauca, argumentando que la coalición con Colombia Humana habría superado el 15 % de los votos válidos en 2022. Para el progresismo, esa interpretación es jurídicamente errónea y políticamente peligrosa.
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¿Castigo a un partido que no existía?
El núcleo del reclamo es claro: el CNE estaría aplicando sanciones a una colectividad que no existía jurídicamente en las elecciones pasadas. El Pacto Histórico nació como partido tras un proceso de convergencia amparado por la Ley 1475 de 2011, que promueve la fusión y el fortalecimiento de organizaciones políticas.
Según la tutela, imputar votos de movimientos ya disueltos para impedir nuevas coaliciones viola:
| El derecho a elegir y ser elegido (art. 40 de la Constitución). |
| El principio de favorabilidad democrática. |
| La autonomía de los partidos reconocida por la jurisprudencia constitucional. |
De prosperar la decisión del CNE, 14 listas a la Cámara quedarían en riesgo en departamentos como Valle del Cauca y Cundinamarca.
Argumentos jurídicos que respaldan al progresismo
Abogados constitucionalistas cercanos al proceso advierten que la resolución del CNE desconoce precedentes clave:
| Principio pro participación: la Corte Constitucional ha reiterado que las autoridades deben privilegiar el acceso al debate electoral frente a lecturas restrictivas. |
| Identidad subjetiva: no se pueden trasladar efectos electorales de partidos extinguidos a una nueva personería jurídica. |
| Debido proceso electoral: la revocatoria se produjo antes del cierre del plazo de modificaciones (8 de febrero), lo que vulnera la seguridad jurídica. |
Estos mismos criterios son los que, según expertos, deberían aplicarse al caso de Iván Cepeda, cuyo derecho a competir en la consulta presidencial del 8 de marzo se encuentra en discusión ante conjueces del CNE. Para los juristas, ninguna norma prohíbe pasar de una consulta interna a una interpartidista, y cualquier duda debe resolverse a favor del candidato.
Medidas cautelares para proteger el voto
La tutela solicita a los jueces suspender de inmediato la resolución del CNE para evitar un daño irreversible. De no hacerlo, la coalición llegaría fracturada a las congresionales de 2026, afectando la representación de más de 400.000 votantes que respaldaron al proyecto en 2022.
“Pedimos garantías mínimas para que el pueblo pueda decidir en las urnas. Lo que está en juego no es un partido, es la democracia”, afirmó Carolina Corcho.
Reacción del presidente Petro
El presidente Gustavo Petro calificó la medida como un ataque directo al orden constitucional:
No permitir inscribir las listas del Pacto Histórico es un golpe a profundidad contra la Constitución y la democracia. Estamos ante un golpe electoral
Sus palabras reflejan la preocupación de amplios sectores que ven en esta decisión un intento de alterar las reglas del juego para frenar el avance del progresismo.
Lo que viene
| Los jueces deberán resolver la tutela antes del 8 de febrero. |
| El CNE enfrenta una creciente presión nacional e internacional. |
| El precedente impactará también la definición sobre Iván Cepeda y las consultas de marzo. |
Para el Pacto Histórico, la batalla no es solo jurídica: es la defensa del derecho de millones a decidir sin tutelas burocráticas ni maniobras políticas.
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